Segunda Oportunidad
¿Puede la ley perdonar tus deudas? Lo estudiamos contigo
En pocas palabras: la Segunda Oportunidad es una ley que permite a particulares y autónomos pedir a un juez que les perdone parte de sus deudas, pagando una parte en cuotas o tras vender sus bienes. No sirve para todo el mundo ni para todas las deudas. Primero revisamos si tu caso encaja.
Quiero valorar mi casoQuién puede pedirla
- Ser una persona, ya sea particular o autónomo. Las empresas (sociedades) no pueden pedirla.
- Actuar de buena fe. La ley explica qué casos lo impiden (art. 487).
- Por ejemplo, algunas condenas o multas muy graves de los últimos diez años que no se hayan pagado, o que un juez haya considerado que provocaste tu situación de forma culpable.
- Hacerlo a través de un juzgado: quien perdona las deudas es un juez, no un acuerdo privado.
Qué estudiamos
Qué debes y a quién, lo que ganas, lo que tienes, si ya te han reclamado o embargado y si cumples lo que pide la ley. Con eso vemos si tiene sentido pedir que te perdonen las deudas o si es mejor otra salida, como una negociación con tus acreedores.
Dos formas de hacerlo
Con un plan de pagos, sin vender tus bienes
Propones pagar una parte de tus deudas en cuotas durante un tiempo. Normalmente son tres años, y cinco en algunos casos, por ejemplo si conservas tu vivienda habitual (arts. 495 a 499).
Vendiendo tus bienes
Se venden los bienes que tengas, o se comprueba que no tienes suficientes, y después se pide al juez que perdone lo que quede por pagar (arts. 501 y 502).
En el juzgado necesitas un abogado y un procurador, como exige la ley (art. 510). Cuál de las dos formas te conviene depende de tu caso; no tienes que elegirla tú.
Lo que debes saber antes de empezar
- No se perdonan todas las deudas. Quedan fuera, entre otras, las pensiones de alimentos (por ejemplo, a los hijos), las indemnizaciones por un delito o por daños a personas y las multas penales (art. 489).
- Lo que debes a Hacienda y a la Seguridad Social solo se perdona en parte: como máximo 10.000 € con cada una. Los primeros 5.000 € se perdonan enteros y, a partir de ahí, la mitad (art. 489.1.5.º).
- Si estás casado en gananciales, el perdón de las deudas comunes no se aplica a tu pareja salvo que ella también lo consiga (art. 491).
- Queda anotada en un registro público, y para volver a pedirla tienen que pasar al menos dos o cinco años, según la vía (arts. 488 y 495).
- Los bancos y demás personas a las que debes dinero pueden oponerse, y el perdón puede anularse en los casos que marca la ley.
Fuente: Texto Refundido de la Ley Concursal, artículos 486 y siguientes, en su texto consolidado del BOE. Resumen informativo; no sustituye el estudio del caso.
Cómo te ayudamos
Entender tu situación
Repasamos contigo lo que debes, lo que ganas, lo que tienes y tu situación personal.
Ver si cumples los requisitos
Revisamos tus papeles y comprobamos si encajan con lo que pide la ley.
Explicarte qué se puede hacer y cuánto cuesta
Antes de contratar sabes qué camino proponemos, qué deudas podrían quedar fuera y el precio.
Más detalle en cómo funciona el estudio y qué documentos se piden y en los honorarios de este servicio.
Cuéntanos tu situación
Una primera conversación sirve para poner orden y ver qué opciones tienes. No significa que vayan a perdonarte las deudas.
Solicitar una valoraciónEl perdón de las deudas depende de cumplir los requisitos y de lo que decida el juez.
